El Registro del certificado energético en Andalucia tendrá carácter informativo y público, serán objeto de inscripción en este Registro los siguientes documentos:
- Los certificados de eficiencia energética de los edificios de construcción nueva, tanto del proyecto como del edificio terminado.
- Los certificados de eficiencia energética de los edificios que ya existan, incluidos ámbos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril.
En el Registro del certificado energético, el propietario o promotor de edificios de construcción nueva, o de edificios o partes de edificios existentes que se alquilen o vendan, podrá presentar los certificados de eficiencia energética que se hayan realizado, a efectos de su inscripción.
El Registro de Certificados Energéticos en Andalucía emite la etiqueta de eficiencia energética, incorporando los datos facilitados por el certificador.